Asumirá la nueva Asamblea Nacional de Cuba el 19 de abril de 2018
El diputado Homero Acosta Álvarez, secretario del Consejo de Estado, dio lectura al acuerdo de ese ente que valoró los graves efectos del fenómeno hidrometeorológico en la nación y que en su momento fue necesario prorrogar las fechas de la primera etapa de las elecciones, para extender hasta el 25 de marzo la vigencia de las actuales asambleas provinciales del Poder Popular y para el 19 de abril, la de la Nacional. Texto íntegro del Dictamen del Parlamento
Por JORGE LEGAÑOA ALONSO
A causa de la situación excepcional provocada por el huracán Irma, el Parlamento cubano aprobó por unanimidad extender el actual periodo de la VIII Legislatura que debía cesar sus funciones el 24 de febrero próximo, y que asuman los nuevos diputados el 19 de abril del 2018.
A propuesta del Consejo de Estado, la Asamblea Nacional del Poder Popular decidió que en virtud de la devastación que en Cuba provocó el huracán Irma y que está establecido en la Constitución de la República, se prorrogue por dos meses la actual Legislatura.
El artículo 72 estipula el término de cinco año para el Parlamento que “sólo podrá extenderse por acuerdo de la propia Asamblea en caso de guerra o a virtud de otras circunstancias excepcionales que impidan la celebración normal de las elecciones y mientras subsistan tales circunstancias”.
El diputado Homero Acosta Álvarez, secretario del Consejo de Estado, dio lectura al acuerdo de ese ente que valoró los graves efectos del fenómeno hidrometeorológico en la nación y que en su momento fue necesario prorrogar las fechas de la primera etapa de las elecciones, para extender hasta el 25 de marzo la vigencia de las actuales asambleas provinciales del Poder Popular y para el 19 de abril, la de la Nacional.
En las nuevas fechas aprobadas serán electos el Presidente, Vicepresidente y Secretario de las asambleas provinciales y la Nacional, así como los nuevos miembros del Consejo de Estado y su presidencia.
José Luis Toledo Santander, presidente de la comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos del Parlamento, señaló que la propuesta del Consejo de Estado está amparada en los artículos 72 y 111 de la Constitución de la República.
Las severas afectaciones del huracán Irma provocaron una excepcionalidad que está recogida en la Carta Magna, aseguró.
Toledo Santander apuntó que las razones esgrimidas devienen causa que fundamenta la necesidad de extender el término del mandato de la VIII Legislatura para cumplimentar el cronograma trazado por la Comisión Electoral Nacional, sin afectar la calidad del proceso.
En la primera etapa de las elecciones fueron electos 12 mil 515 delegados de circunscripción que tomaron posesión de sus cargos el pasado 17 de diciembre en las asambleas municipales del Poder Popular.
A las urnas asistieron en noviembre siete millones 610 mil 183 electores, lo que representó el 89.02 por ciento de las personas habilitadas para ejercer el derecho al voto.
La calidad de los sufragios estuvo avalada por el 91.79 por ciento de las boletas válidas, cifra superior al 2015, que fue de 90.52 por ciento, mientras que las boletas depositadas en blanco representaron solo el 4.12 por ciento y las anuladas el 4.07 por ciento.
Alina Balseiro Gutiérrez, presidenta de la Comisión Electoral Nacional, ha subrayado que las elecciones en Cuba son un proceso ampliamente democrático y con apego a lo establecido a la Ley 72, Ley Electoral.
Muestra de la amplia participación democrática lo fueron las más de 60 mil propuestas que se hicieron para candidatos a delegados a las asambleas municipales del Poder Popular, un número a respetar. (ACN).
DICTAMEN DEL PARLAMENTO SOBRE EXTENSIÓN DE LA VIII LEGISLATURA
Dictamen referente a la extensión del mandato de la VIII Legislatura
El Consejo de Estado de la República de Cuba mediante su Acuerdo de fecha 15 de diciembre de 2017 ha interesado de la Asamblea Nacional del Poder Popular, extender el termino del mandato de la actual Legislatura, atendiendo a la imposibilidad de efectuar las elecciones convocadas para elegir delegados a las Asambleas Provinciales del Poder Popular y los diputados a la Asamblea Nacional en las fechas inicialmente previstas, dada la grave situación ocasionada en el país por el azote del huracán Irma.
Por lo cual se hace imposible que la próxima Legislatura inicie su mandato en fecha 24 de febrero de 2018 como se había previsto.
La Constitución de la República en su Artículo 72, establece:
“La Asamblea Nacional del Poder Popular es elegida por un término de cinco años. Este término solo podrá extenderse por acuerdo de la propia Asamblea en caso de guerra o a virtud de otras circunstancias excepcionales que impidan la celebración normal de las elecciones y mientras subsistan tales circunstancias”.
Es conocido por todos las catastróficas consecuencias que trajo para la nación el fenómeno meteorológico que nos azotó en el pasado mes de octubre, lo que dio lugar a la entrega inmediata y priorizada de todos los esfuerzos y recursos del país a recuperarnos con prontitud e ir restableciendo paulatinamente las condiciones normales de vida de nuestro pueblo.
Este suceso imprevisible y excepcional hizo objetivamente imposible desarrollar en los tiempos previstos el cronograma trazado por la Comisión Electoral Nacional para efectuar las elecciones generales, haciendo necesario su modificación por el Consejo de Estado.
El azote del país por un desbastador huracán, es un acontecimiento imprevisible, excepcional e imposible de evitar; y estas razones del hecho acontecido devienen en causa sobrevenida que fundamenta la necesidad de extender el termino del mandato de la Asamblea Nacional del Poder Popular en su VIII Legislatura, ante la imposibilidad de cumplimentar el cronograma de trabajo trazado para efectuar el proceso de elecciones generales en la nación.
En razón a la excepcionalidad de los hechos y fundamentos de fuerza mayor antes expuestos y en correspondencia con la solicitud formulada por el Consejo de Estado de la República de Cuba, la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, propone a la Asamblea Nacional del Poder Popular que en ejercicio de la facultad que le concede el citado Artículo 72 de la Constitución de la República, acuerde, extender su término de mandato hasta el 19 de abril de 2018, fecha en la que debe tomar posesión e iniciar su gestión la Asamblea Nacional del Poder Popular de la IX Legislatura, que resulte electa por nuestro pueblo.
Del mismo modo, atendiendo a los razonamientos antes expuestos y a tenor de lo previsto en el párrafo final del Articulo 111 de la Constitución, extender el mandato de las Asambleas Provinciales del Poder Popular hasta el 25 de marzo de 2018.
Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos
La Habana 21 de diciembre del 2017
“Año 59 de la Revolución”














