Perfil del victimario

Esta es la tercera parte del reportaje Luces en la oscuridad del cuarto


Vestido de manera impecable, perfumado y con un regalo en la mano, llega el abuelo a casa de Omarito. Cuando el niño lo ve, se manda a correr para abrazarlo.

–¿Qué traes ahí?, ¿qué traes ahí? –le repite el pequeño.

–¡Una sorpresa… una sorpresa! –exclama él, mientras esconde las manos detrás de la espalda.

Omarito empieza a girar alrededor del abuelo, pero este no cede. El niño se cansa, el hombre se excita.

–¿Qué escándalo es ese Omarito? Deja tranquilo a tu abuelo, ya te dará el regalo. Voy a aprovechar que llegaste para ir a la tienda, me dijeron que sacaron pollo y aceite, una vecina me tiene marcado en la cola. Te quedas a comer con nosotros”, le dice la madre.

Va para la cocina, regresa con la libreta y una jaba en la mano.

–¡Omarito, te portas bien con tu abuelo! –advierte. Cierra la puerta y sale disparada para el mercado.

–Te dije que iba a traerte un juguete bien lindo. Mira, una cuña de carrera –abre la caja y se la enseña al niño.

–Pero primero tenemos que hacer nuestro juego secreto.

Omarito va para el cuarto, detrás lo sigue el abuelo… Omarito solo tiene tres años.

Según explican los expertos, el victimario casi siempre opera en el entorno familiar y afectivo del menor, lo que más practica es el abuso lascivo, valiéndose de la corrupción e intimidación del menor. Las niñas son las más perjudicadas, aunque ha ido creciendo la cantidad de varones abusados.

Con una crueldad extrema, el victimario siempre prepara el terreno. La mayoría de los agresores sexuales castigados penalmente son reincidentes en delitos graves de violación, pederastia con violencia. El abuso casi siempre ocurre a solas con la víctima.

Cuando son denunciados, y se realizan las investigaciones pertinentes, resulta que generalmente mantienen conductas correctas en la comunidad y en sus centros de labor.

Condenas

A diferencia del Código Penal (Ley 62), la nueva propuesta introduce modificaciones. Sobre estos cambios esclarecen a BOHEMIA Oscar Manuel Silveira Martínez, titular de Justicia y Rubén Remigio Ferro, presidente del Tribunal Supremo Popular.

“En el nuevo Código Penal se unen los anteriores delitos de violación y pederastia violenta, que implican actos violentos con penetración, en una construcción única: agresión sexual. Y se tipifican como abusos sexuales otros donde el agresor no tiene ánimo de penetración. Es decir, tienen objetivos distintos, aunque en la práctica también se dan situaciones diferentes: el abuelo que toca a la vecina, pero no quiere tener relaciones sexuales; el hombre que en la guagua se pega a una mujer. En esos casos cumplen sus aberraciones mediante el tocamiento y ese es el abuso lascivo.

“La agresión sexual tiene otra dinámica. Es una diferenciación de acuerdo al bien jurídico que ataca en la víctima. Uno invade la intimidad, en el otro la libertad sexual. En la agresión sexual no hay voluntariedad y el agresor, para lograrlo, violenta a la persona. Lo otro a tener en cuenta es el hecho concreto. Se dan mil situaciones. Y eso hay que construirlo en el proceso judicial”, argumenta Silveira Martínez.

Ambos delitos, subraya Remigio Ferro, tienen descripciones similares. “El Código Penal tiene que ir en una escala progresiva, según la lesividad, el tipo de daño, la afectividad que causa la acción. Lo más grave es la agresión sexual. Pero hay casos de abuso lascivo donde se toca a un niño o a un adolescente, y a veces la pregunta es ¿dónde tocaste?”.

Para quienes cometan delitos de agresión sexual la sanción es de cuatro a 10 años de privación de libertad. La pena se incrementa de siete a 15 si el delito es consecuencia de la violencia de género o la violencia familiar, o por motivos discriminatorios. Igual sanción recibe quien es pariente de la víctima, y si ella fuera mayor de 12 y menor de 16 años.

La condena sube de 15 a 30 años, o privación perpetua, si el victimario tiene registrado un antecedente penal por similar delito; es cometido por un ascendiente, descendiente, hermano o afines en igual grado; si la víctima es menor de 12 años, o -como consecuencia- resultan lesiones o enfermedad graves para la persona.

En los casos de abusos sexuales, las sanciones oscilan, según la gravedad del caso, de seis meses, multas de 200 cuotas, o ambas, hasta cinco años de privación de libertad, salvo que constituya un delito de mayor gravedad.

Prevenir

“Casi todos los abusadores sexuales fueron víctimas en algún momento, generalmente en edades tempranas, reproducen esos comportamientos, por eso utilizan niños. Como se disocia la personalidad producto del trauma que recibieron, buscan esos mecanismos de defensa, que, por supuesto no son los ideales”, refiere la doctora en Ciencias, Yasmiany Neris López Villa, jefa del Grupo Provincial de Psicología de Salud en Guantánamo.

Cualquiera de ellos, en su momento, pudo ser víctima también del círculo de silencio con que las familias pretenden proteger la integridad de sus hijos, y no recibieron el tratamiento psicológico, psiquiátrico y emocional necesario.

La prevención debe ir dirigida en dos sentidos: hacia las posibles víctimas y los victimarios. / Gilberto Rabassa

Al insistir en el tema de los victimarios, la teniente coronel Nélida González Pelier, directora del Centro de Atención a Niñas, Niños y Adolescentes en Santiago de Cuba, reconoce: “A mi juicio, de manera general, las personas que cumplen sanción por agresión y abuso sexuales infantil en las prisiones no tienen un tratamiento particularizado. Además, los que no son sancionados porque no se pudo probar, o los que fueron multados, no se les incluye dentro de la sanción recibir una rehabilitación o un tratamiento relacionado a su conducta. Por eso es que, a veces, vuelven a caer en el mismo delito. Primero, porque la medida fue suave; y después no recibieron ninguna ayuda médica.

“Debe haber una política que sea de obligatorio cumplimiento, una vez que la persona ya está identificada como agresor sexual, que lo obligue a recibir atención por salud. Ya sea dentro de la institución del Minint, donde está recluido, o en consultas externas de salud mental. Pero sí tiene que recibirlo. Porque además esa persona tiene que saber que es un delito y no lo puede repetir. Eso hoy es una debilidad”.

Como parte de la “cultura” carcelaria, se conoce que violadores de menores de edad suelen ser agredidos en prisión por otros convictos y, al cumplir su sanción, salen peor que como entraron. Son un verdadero peligro social porque seguirán atacando. Y cada nueva víctima es un potencial victimario.

La prevención entonces hay que verla en dos sentidos. Uno, hacia las familias, despertarles la percepción de riesgo, hablarles sin tabú sobre sexualidad a niñas, niños y adolescentes, ayudar a identificar los modus operandi de posibles agresores. Y denunciar si ocurre el hecho. La familia tiene que aprender a quitarse las mordazas y abrir los ojos.

Dos, dirigido a los victimarios a los que la sociedad no debe solo sancionar, hay que atenderlos desde el punto de vista psicológico y psiquiátrico. Tenerlos bien identificados en los registros delictivos y darlos a conocer a quienes trabajan la violencia infantil e intrafamiliar en la comunidad. Hay que reeducarlos para intentar cortar de raíz un perfil tormentoso.


Segunda parte: El círculo del silencio

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