2020/12/07/ /Malecon /Cuba /Fase1PosCovid/Calle./Verano./Niño paseo familiar /Nasobuco /Prevencion /
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Del singular al plural

El derecho de las familias que hoy se construye y se viene fraguando desde el inicio del debate de la Constitución, revoluciona conceptos a partir de considerar que la familia nace de la unión de personas vinculadas por un lazo afectivo, psicológico y sentimental, y a la vez considera el apoyo entre ellos. El afecto gana y se afianza como valor jurídico.

En esta visión inclusiva, plural, prevalecen el amor, la solidaridad, las emociones, la responsabilidad y el sentido de convivencia, más allá de estereotipos sexistas que permanecen no solo en Cuba sino en muchos sitios del mundo, por avanzados y modernos que parezcan.

Se ha dicho que si algo distingue al nuevo Código que regula los asuntos de las familias en Cuba es que retrata la sociedad actual. Recoge todos los tipos que existen y concibe derechos, deberes y responsabilidades también para todos.

Llegar hasta aquí ha requerido de muchas miradas, desde el Derecho y también desde ciencias relacionadas como la psicología, la sociología, la demografía, las estadísticas. Es una norma sujeta a lo preceptuado en la Constitución, y a convenciones internacionales, como la de los derechos del niño, de los que Cuba es signataria.

Este Proyecto de Código es una de las normas de mayor trascendencia para la vida social de la nación, han dicho los expertos. El que hoy se arma, con la participación de la ciudadanía en las consultas que en el país tienen lugar, rompe los paradigmas tradicionales en los cuales se ha sustentado el Derecho familiar hasta ahora y extiende su mano a todas las personas, al sumarles derechos.

Como se ha afirmado, se busca un Código familiar que abra puertas y tienda puentes, y los puentes de la vida son de ida y vuelta, nada rígidos. Familias en plural con su sentido simbólico, como las que habitan Cuba en ese mosaico multicolor y de pluriparentalidades, donde hasta los amigos se convierten en hermanos.

Pasar del singular al plural, de la familia a las familias no es la sencilla traslación de una letra. Implica una revolución jurídica en materia constitucional y legal. Supone avanzar en el reconocimiento de derechos para que todos puedan elegir con libertad, autonomía, sin prejuicios ni discriminaciones, a qué familia quieren pertenecer o formar.

Presupone y contempla la búsqueda de la realización de las personas, de su felicidad, con el proyecto de vida que cada uno diseñe de acuerdo con sus aspiraciones, a partir del reconocimiento de la dignidad como valor supremo, un principio declarado desde el preámbulo de la Carta Magna, siguiendo un anhelo profundo de José Martí.

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“Vas a tener una mamá y dos papás” fue la sentencia firme de un magistrado que resolvió así la filiación paterna de un niño, cuya historia se conoció por un diario digital. El caso ha provocado cierto revuelo en redes sociales luego de la publicación, en la que se aclara que para tomar su decisión el juez no solo prestó oídos a lo que contaron la madre y el padre biológicos, y el que fungió como tal, sino también al menor implicado.

Refiere la información que para zanjar el litigio fue clave la opinión del nene, quien no quiso elegir entre su papá del corazón y el biológico, acabado de reaparecer en su vida, en lo cual finalmente las partes estuvieron de acuerdo, tras un debate en que concluye-ron que el niño “tiene la idea más clara, incluso más que todos nosotros juntos”, reconocieron.

Sobre la mesa, el magistrado tenía la opción de dejar sin efecto el apellido otorgado al bebé por quien asumió el rol paterno –pareja afectiva de la mamá–, o reasignarle el del padre biológico. En la audiencia virtual se apreció que el niño, ya con ocho años de edad, tenía real poder de discernimiento acerca de su realidad. Además de querer “a dos gatos y un perro salchicha”, deseaba formar parte de la vida del padre recién aparecido.

En el fallo el juez analizó las transformaciones en los vínculos jurídicos familiares tradicionales, a partir del surgimiento de nuevos tipos familiares: familias ensambladas, monoparentales, ampliadas, uniones de hecho de heterosexuales e igualitarias, y los que son fruto de técnicas de reproducción asistida, entre muchas otras.

“Ha sido un privilegio para mí poder acompañarte en esta decisión, que fue tuya”, dijo el magistrado al niño. Y compartió con él la satisfacción de saber “que su corazón abierto y su valentía, seguramente ayudará a otros a decidir, incluso a gente grande”.

Este caso de triple filiación derivada del vínculo biológico y socioafectivo, en el que el juez apreció que ambas presencias en la vida del niño son fundamentales, ocurrió en la región patagónica de Santa Cruz, en Argentina. Los hechos que narra pudieran haber ocurrido también en Belo Horizonte, Medellín, Cusco, Guanacas-te, Paysandú, La Habana o cualquier ciudad de nuestra región.

Lo llamativo es que la sentencia llamó la atención sobre la posibilidad de evitar el conflicto de afectos provocado cuando alguien es obligado a elegir. No tener que optar por uno u otro sería lo correcto. Pero para disfrutar de ese derecho las normas jurídicas deben abrir el camino.

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Por carecer de esa posibilidad cuántas veces el joven Luis se martilló con la idea de no poder decirle “sí, quiero tener tu apellido”, a su padre biológico, luego de encontrarlo tras una incesante búsqueda que duró años. Juntar las piezas de su vida se convirtió en obsesión cuando por una indiscreción supo que el padre que lo vio crecer, no lo era en realidad.

Y sí lo era, repetía cada día, porque estaba en todos sus recuerdos de infancia, en los juegos, en el aprendizaje, en las tareas escolares, en las rodillas rotas; y siempre con un sello de apego y ternura de quien es capaz de entregarse sin esperar nada a cambio.

Imposible borrar de su memoria aquellas sensaciones. No lo lograría ni esa voz inoportuna y maledicente que le hizo conocer repentinamente la verdad de su pasado, cuando aún no era el momento de revelar un secreto “bien” guardado.

Tampoco iban a impedirle la búsqueda del hombre que lo engendró y deseaba conocer, no por curiosidad –como algunos creyeron–, sino porque sintió que le faltaba esa porción de vida, que ahora encaja perfectamente al verse reconocido en un ADN común con el resto de esa otra familia, también suya.

La legislación vigente en Cuba imposibilita asumir la pluriparentalidad, pero con el reconocimiento que el nuevo Código de las Familias, sujeto a debate popular, sí hace en esta materia, quién sabe si Luis se convierta en protagonista de otra historia como la del nene argentino. Aunque ya es un hombre hecho y derecho no ha renunciado a sus aspiraciones y a mantener estrechos vínculos con sus padres afectivo y biológico, y con el resto de sus seres queridos.

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En una sesión de terapia familiar, una madre contó a los asistentes que sus hijas de diferentes padres no habían tenido igual suerte. A la mayor “le tocó perder porque su papá nunca le dio atención, y quien se ocupa de ella es mi esposo actual, padre de la segunda niña”.

El relato, interrumpido de repente por la psicóloga que guiaba la reflexión, tomó inmediatamente diferente rumbo. Fue tajante al apuntar: “No, a la niña no le tocó perder, le tocó ganar”.

Las miradas se entrecruzaron, y sorprendidos quedaron atentos al razonamiento de la especialista, a quien poco después le agradecieron esa otra visión acerca de una realidad vivida en no pocos hogares. Fue sencillo explicar que la menor en cuestión ganó otra familia, la de su hermana. Significa que tenía otros abuelos, tíos, primos…, además de los provenientes de su tronco paterno.

“Es verdad”, dijo la señora. “La niña llama papá a mi esposo, y también al suyo cuando lo ve de Pascuas a San Juan. Y nombra abuela y abuelo, igual que su hermanita, a mis suegros. Claro, no le tocó perder, al contrario”. La clave está en «asimilar los cambios de modo conveniente para los hijos y estar abiertos a incorporar con normalidad los nuevos afectos, sin cercas, sin prejuicios”, aclaró la psicóloga.

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Rosa es una mujer a la que se le nota su carga de tristezas, en el rostro, en su manera de caminar porque pareciera que le pesaran los pies o que un gran peso sobre sus hombros quisiera aplastarla.

La religión ha sido su refugio desde que perdió a su hijo de 27 años. Más de un lustro pendiente de médicos, consultas en hospitales, curanderos a los que recurrió con más dudas que certezas… Nada que pudiera curarlo apareció y esa fea dolencia se lo llevó para siempre un mal día, el peor de la vida de los dos.

Le quedaba una nieta y la esperanza de ser la abuela que había soñado. Amorosa y preocupada por esa pequeña a la que tanto el hijo le pidió que no dejase de ver y procurara que no lo olvidara nunca. Su intención de estar siempre pendiente de ella se esfumó como el agua y la sal en un barril sin fondo. De acuerdo con la letra del nuevo proyecto, la madre de la niña no habría podido negarles a las dos la posibilidad de encontrarse porque ampara su derecho como abuela, más aún si el padre está ausente por “fuerza mayor”.

Cerrar puertas a la felicidad que todo menor necesita, es en este caso privar de los afectos, sembrar desarraigo y cortar de raíz una historia y una ética familiar, más bien borrarla, porque por su edad no podría tener en los recuerdos a ese padre amoroso que vivo nunca se hubiera separado de ella.

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Cira parió cuatro hijos. Desde hace unos años se ha convertido en abuela transnacional. Y aunque por la pandemia ha tenido que bajarse de los aviones, durante bastante tiempo se mantuvo viajando de Australia a Brasil, y de ahí a Jamaica y Miami, con escalas en La Habana, lugares de residencia de la familia que ella y su esposo constituyeron.
Jamás pensó que llegaría a la avanzada edad en que lo más recomendable sería tomar la decisión de quedarse con alguno de ellos en uno de los países adonde emigraron y fundaron sus respectivas familias.

Cuba cumple los estándares internacionales marcados en los convenios de los que es signataria, y en la legislación nacional no había ninguna normativa que respaldara y diera solución legal a conflictos producidos en el seno de familias transnacionales.

Hasta ahora, para intervenir en algún asunto de ese tipo los jue-ces tenían que remitirse a un código aprobado a principios del XX, nada ajustado a la realidad de hoy, con la que sí se sintonizan los contenidos del nuevo Código, que norma soluciones a cualquier situación que pudieran presentar familias como la de Cira.

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María Antonia vivió 21 años junto a su último marido, el padre del cuarto y menor de sus hijos. Según testimonió a la colega Lilian Knigth, en ese tiempo aguantó golpes, empujones y maltrato de todo tipo, por el supuesto bienestar de sus niños, un techo, y no tener otro lugar a donde ir.

“Cada vez que tomaba la emprendía conmigo y nos botaba de la casa”. Con el marido anterior, no había tenido mejor suerte. Después de morir y dejarle su casa como herencia, el hermano violentó sus derechos de viuda y también la puso de patitas en la calle, a cambio de 5 000 pesos.

Con su carga de afrentas que iniciaron cuando tenía 13 años, María Antonia no aprendió a defenderse. Entonces fue violada, quedó embarazada y obligada por su padre a convivir con el hombre que la mancilló. Desde entonces, con sus hijos a cuestas, ha vivido al margen de las leyes que podían protegerla a ella y a sus niños. Ojalá ahora encuentre amparo y garantías como las que ofrece el nuevo Código de Familias, más definitivo contra la violencia, y deje de una vez de ser una víctima.

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