Oportunidad al Derecho

La doctora Martha Prieto Valdés, profesora titular de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana, tiene entre sus tareas desde hace muchos años impartir la asignatura Derecho Constitucional. Sus alumnos hacen una fiesta silenciosa cuando ella entra al aula acompañada apenas por una edición en pequeño formato de la Carta Magna aprobada en 2019, con varias hojas sueltas que denotan su intenso uso. No necesita nada más para dar sus clases.

Dicen que todo lo que explica se comprende muy bien porque tiene el don de llegar a cada uno de sus discípulos con la palabra exacta “aterrizada” a la realidad, aunque se trate del más técnico de los conceptos. Para esta entrevista con BOHEMIA, también llegó con el texto constitucional que la acompaña siempre, medio deshojado y con apuntes en varias páginas.

El Código de las Familias es el tema que se pone sobre la mesa, no para hablar de su contenido, sino para mostrar y demostrar cómo sus artículos recogen el sentir de la Constitución aprobada por la ciudadanía en referendo popular en 2019.

Ahora que el Código está sujeto a construcción colectiva en debate nacional, antes de que sea refrendado también por el pueblo, llama la atención cómo esa norma contemporánea, inclusiva y respetuosa, pudo abordar tantos acápites, que llenaron vacíos jurídicos y en general desarrolló los derechos de las familias que la Constitución había contemplado.

De ahí que la primera pregunta giró en torno a si el nuevo Código de las Familias ¿sigue a pie juntillas el mandato constitucional y hasta qué punto?

–La Constitución de 2019, como la anterior, regula de manera expresa a la familia, y ahora lo hace en plural: las familias. Esta vez estableció –en lo esencial, lo fundamental, lo básico–, normativas garantistas específicas respecto a cada uno de sus miembros, además de fijar las bases para una reconceptualización o revaloración de instituciones y relaciones sociales en el ámbito familiar, en correspondencia con la sociedad y los tiempos que vivimos.

“Cabría destacar que los principales cambios, las maneras de apreciar conductas y decisiones de la vida personal salieron de los debates realizados durante la amplia consulta pública previa a la aprobación de la Constitución con el voto mayoritario del pueblo.

“El proyecto de Código de las Familias se asienta en esos postulados constitucionales, y los regula con mucha más amplitud, porque esta es la función de las leyes desarrolladoras de las constituciones: establecer regulaciones diferenciadas respecto a las diversos aspectos y asuntos relacionados, así como derechos y deberes.

“Este es un proyecto que no contradice, ni debe contradecir, lo que se regula en la Constitución; y, en consecuencia, fija las conductas posibles, o declara los límites generales para las mismas.

“Antes dije, la Constitución regula lo esencial, lo básico. Es a las leyes a las que corresponde, y en este caso al proyecto que analizamos, instrumentar la realización de tales postulados, y mucho más: ordenar de manera más precisa y directa aquellas instituciones, relaciones, conductas que se derivan de estas o son consecuencia de su reconocimiento”.

Para Martha Prieto, quien es también coordinadora de la Sección de Ciencias Sociales y Humanísticas de la Academia de Ciencias de Cuba, hablar de la interrelación entre la Constitución y esta norma de tanta repercusión en la vida de las personas y de la sociedad en general, es detenerse punto por punto en cada artículo y relacionarlo con los postulados fundamentales de la Ley de leyes.

Explica, por ejemplo, que en su artículo 81 la Constitución establece el derecho de toda persona a fundar una familia, cualquiera que sea su forma de organización, como célula fundamental de la sociedad. Se constituyen por vínculos jurídicos o de hecho, de naturaleza afectiva y se basan en la igualdad de derechos, deberes y oportunidades de sus integrantes, así como la protección jurídica de los diversos tipos de familia.

Tal precepto, agrega la doctora en Ciencias Jurídicas, se desarrolla ampliamente en el proyecto a debate, en varios de sus artículos, en los que se reconoce el carácter esencial de las familias como célula básica de la sociedad y la existencia de diversas formas de organizarse, así como sus derechos y deberes familiares y sociales, la necesaria cooperación, la protección, la responsabilidad y el respeto mutuo que en ellas debe existir, entre otros.

–¿Qué distingue este Código con respecto al vigente?

–El Código vigente, se aprobó, también con debate y decisión popular en 1975, y previó derechos y protección para personas que al amparo de las viejas regulaciones en aquellos momentos no tenían.

Aclara la entrevistada que entonces se reconocieron derechos por igual para las parejas que habían formalizado matrimonio y para los que hacían vida juntos y no se habían casado, y estableció los mismos derechos para todos los hijos, hubieren nacido o no de una relación matrimonial. Agrega que también permitió la formalización y reconocimiento como matrimonio de aquellas parejas que por años había vivido en uniones de hecho.

“Otro avance fue que el divorcio solicitado por la mujer pasó a ser algo normal. Elevó la edad mínima para que los jóvenes pudieran casarse con permiso de sus padres, y fijó la edad de 18 años para la libre decisión de los jóvenes, entre otras regulaciones novedosas para aquel entonces.

“El proyecto actual regula más al detalle la institución familiar, así como los derechos y deberes de sus integrantes y las formas o medios para su ejercicio y defensa; no exige ser de un género u otro para el matrimonio o la unión de hecho; permite, previo acuerdo, la diferenciación en la administración y disposición de los bienes que aporta cada persona al matrimonio y los que adquiere durante este.

“Algo novedoso es que no admite matrimonio de jóvenes menores de 18 años, siguiendo convenciones internacionales, y establece la responsabilidad recíproca de todos los parientes o miembros de la familia en la atención de cada uno de sus miembros.

“Ahora se integran al texto regulaciones que estaban en otras disposiciones –como el Registro del Estado Civil–, y contempla el apoyo a las parejas que no pueden tener hijos. También recoge el cuidado de las personas ya sean niños, jóvenes o adultos que requieren atención especial, aspecto que también resulta llamativo”.

–¿Por qué un nuevo Código de las Familias y por qué a debate popular?

–Las normas de Derecho se dictan en un momento determinado en correspondencia con ciertas situaciones y necesidades. Con el avance del tiempo la sociedad se va moviendo, otros intereses, aspiraciones y formas de ver la vida van apareciendo, y si se mantienen las leyes viejas lo que hacen es frenar el normal desenvolvimiento de tales relaciones, por consiguiente hacen falta cambios en las normas del Derecho.

“La sociedad y sus integrantes tampoco cambian al unísono y todos no pensamos ni aspiramos lo mismo, por eso el espacio para el debate actual del proyecto es una necesidad, para que todos, luego de haberlo leído y analizado, podamos dar nuestro criterio, realizar un intercambio de ideas, ya sean diferentes o comunes, de cómo apreciamos que deber ser la vida familiar dadas nuestras experiencias, necesidades y aspiraciones”.

Martha Prieto alega que posturas diversas y propuestas de adiciones, modificaciones o eliminaciones de contenidos, permitirán perfeccionar el proyecto y que las regulaciones sean más claras, lo cual preparará mucho mejor a la ciudadanía para participar directamente en el referendo popular.

“La posibilidad de aprobar directamente, no solo la Constitución, sino la ley que fijará pautas, derechos, deberes y responsabilidades de todos los miembros de la familia es una oportunidad que debemos salvaguardar. No sucede así en el resto del mundo”.

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Un comentario

  1. Lo que no me gusta de las publicaciones radiales, televisivas y escrita, supuestamente de los argumentos emitidos por el entrevistado o si así fuese, es que argumentan que la Constitución se aprobó con el 87 por ciento de aceptación. Entonces ¿Ya se les olvidó que estuvo en peligro de aprobación por los mismos artículos que ahora están en polémica? Que hubo que modificarlos para que se aprobara con ese 87%.

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