Familias en el tablero para llegar a consensos

Ahora que entró de lleno en su recta final la elaboración del proyecto de Código de las Familias, desde el cierre de la consulta al pueblo, la Asamblea Nacional del Poder Popular entregó a los redactores un volumen considerable de propuestas, cuya letra y espíritu deberán tener en cuenta para redondear el articulado, sin perder de vista los postulados de la Constitución aprobada en referendo.

Resumir todo el material aportado no será tarea fácil. Nunca se dijo que lo fuera. Mientras algunos consideran que el contenido del Código es tan abarcador, avanzado y moderno que supera la media del pensamiento nacional, otros apuestan al crecimiento y la asimilación de conceptos, ciertamente novedosos para Cuba, que hace tiempo son ABC en otras latitudes y de hecho están incluidos en convenciones internacionales.

A sabiendas de esa complejidad, el país afrontó el desafío de modernizar sus normas, atemperarlas a la realidad cubana y a la del mundo, y empezó por el primer tramo de cualquier ordenamiento jurídico: la Constitución, que fue llevada en su totalidad a consulta y a referendo, una práctica que pocas naciones asumen. En algunas, su Ley de Leyes data de otros siglos, a cuyo cuerpo se le adicionan enmiendas, o se reforman en el Senado, basados en criterios de expertos y grupos de poder, a quienes no suelen interesarles las opiniones de los habitantes.

Ejercicio democrático ejemplar

En estos meses aquí se ha dicho y oído bastante de familias y del proyecto de norma elaborado en un abierto ejercicio democrático, escalonado, con la participación de expertos en sus diversas materias, los diputados y los electores. Cuba ha cimentado un entrenamiento para la búsqueda de consensos y crecer como sociedad abierta al desarrollo. Se ha hecho una práctica, más intensa desde el debate de la reforma constitucional, refrendada en 2019.

Uno de los pasos más recientes y de mayor peso fue la consulta especializada entre representantes de 47 instituciones, como las asociaciones gremiales de juristas, comunicadores, periodistas, pedagogos, informáticos, arquitectos; las que reúnen a personas en situación de discapacidad, las redes LGBTIQ+, la plataforma interreligiosa, con estudiantes y docentes de facultades universitarias, estudiosos de sexualidad y población, jueces, fiscales y varios ministerios… Todos aportaron ideas y enriquecieron el texto, a la vez que irradiaron espacios para comprender el alcance de sus contenidos.

De acuerdo con la información publicada participaron más seis millones de personas en la consulta. Se puede asegurar que fue valioso el intercambio, aun cuando hay quienes ni siquiera se han leído el Código o no han entendido su articulado o parte de él. Sumado a los que oyen campanas y replican a ciegas determinadas ideas tergiversadas y ajenas a lo expresado en sus capítulos.

Puntos en discordia

Era de suponer que el matrimonio estaría entre los temas que más criterios generaría. Así fue cuando el debate de la Constitución. Se hizo famoso el artículo 68, el que más atención y mayores desacuerdos reunió. Precisamente por eso la Carta Magna indicó en su disposición transitoria decimoprimera la realización del “proceso de consulta popular y referendo del proyecto de Código de la Familia, en el que debe figurar la forma de constituir el matrimonio”.

Para cumplir con ese mandato constitucional, la Asamblea Nacional desplegó un cronograma de trabajo y fijó el término de dos años para llevarlo a cabo, pero la pandemia obligó a aplazarlo hasta este 2022.

Otros temas también desataron criterios encontrados, como el de la responsabilidad parental, la adopción, la gestación solidaria, la discriminación y violencia en el ámbito familiar, los derechos de la infancia y la adolescencia, y la filiación asistida. No obstante, según datos aportados durante la pasada sesión extraordinaria del Parlamento, alrededor del 62 por ciento de las más de 434 000 propuestas recogidas dieron su anuencia al texto.

Ahora bien, todos los aportes deben tener como espejo y referente lo regulado en la Constitución, especialmente en su Capítulo III, denominado Las Familias, que abarca desde el artículo 81 hasta el 89. Quiere decir que las sugerencias realizadas durante la consulta no pueden negar de ningún modo lo que ahí aparece, respaldado ya por la inmensa mayoría del pueblo.

En el primero de esos artículos reza: “Toda persona tiene derecho a fundar una familia. El Estado reconoce y protege a las familias, cualquiera sea su forma de organización, como célula fundamental de la sociedad y crea las condiciones para garantizar que se favorezca integralmente la consecución de sus fines. Se constituyen por vínculos jurídicos o de hecho, de naturaleza afectiva, y se basan en la igualdad de derechos, deberes y oportunidades de sus integrantes”.

Para que puedan ser cumplidos ese y los demás preceptos, el proyecto de Código desarrolla en sus 11 Títulos, 42 Capítulos y 471 artículos los derechos y los deberes correspondientes, y define las responsabilidades de cada persona y la forma en que pueden ser garantizados. Contiene también un glosario de términos jurídicos que auxilian a cualquier lector no especializado a comprender sus contenidos.

Además, ofrece opciones para solucionar conflictos a menudo frecuentes en el ámbito familiar y no previstos en la norma vigente porque entonces eran diferentes la realidad, la dinámica y la estructura hogareña.

Es obvio que el país y el mundo han cambiado bastante desde 1975, cuando se aprobó el anterior código, y no solo demográficamente. Sobre todo ya no se puede hablar de un único tipo de familia, sino de un diverso y heterogéneo contexto al interior de los hogares cubanos, por lo que tampoco sus deberes y derechos pueden ser los mismos.

Los redactores del proyecto tienen ahora ante sí el reto de armonizar las opiniones de quienes niegan derechos e insisten en suprimir oportunidades a determinadas personas, digamos, por sus preferencias sexuales. Menuda tarea tienen sobre sus espaldas.

Derechos al Derecho

Pero si “Cuba es un Estado socialista de derecho y justicia social… fundada en el trabajo, la dignidad, el humanismo y la ética de sus ciudadanos, para el disfrute de la libertad, la equidad, la igualdad, la solidaridad, el bienestar y la prosperidad individual y colectiva”, así perpetuado en el primer artículo de la Constitución, el entramado de normas elaboradas y en proyecto debe contener y sustentar ese precepto y otros de la propia Carta Magna. Por tanto, no deberán ni podrán tener cabida las exclusiones, aunque socialmente todavía haya quien no entienda esas concepciones.

Al contrario, habría que avanzar hacia mayores garantías establecidas de hecho y de Derecho, deberes y atribuciones, responsabilidades compartidas, bidireccionales entre el Estado y la ciudadanía. De eso se trató al asumir la transformación de la actual legislación vigente, con vacíos que dejaban desprotegidos a no pocos.

El nuevo Código de las Familias que pronto será sometido a referendo intenta completar la protección de los derechos humanos, al igualar su acceso pleno de las personas a los diversos ámbitos en que se desenvuelven y ofrecer garantías para todas, lo cual deberá convertirse en una realidad del catálogo de vida de cubanos y cubanas.

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