Algunos todavía nos pellizcamos los brazos para convencernos. ¡No es un sueño! Después de tanto bregar, argumentar y persuadir, finalmente la comunicación social tendrá una norma jurídica que la resguarde. Sin lugar a equívocos, un paso trascendente para Cuba y el gremio.
Los medios, en sus diversas plataformas, hace apenas unos días, durante la cobertura especial al incendio de Matanzas, dieron muestra de la altura profesional a la que pueden llegar cuando los decisores facilitan el acceso transparente y oportuno a la información. ¡No era para menos!
Pero, desafortunadamente, no siempre ha sido así. Las historias con las fuentes y sus negativas ante la solicitud de información de interés público, en todos estos años, darían como para llenar varios libros. A fin de evitar que tales incongruencias se repitan, el Anteproyecto de Ley de la Comunicación Social extiende sus brazos desde lo mediático hasta lo institucional y comunitario; fija propósitos claros, así como los requisitos a cumplir en los contenidos.
Uno de los capítulos que más reflexiones y polémicas genera es el número cinco, concerniente precisamente al ámbito mediático. En Cuba, durante muchos años, primó el criterio –dentro de los análisis sobre la prensa cubana– de que los directores eran los máximos responsables del cumplimiento de la política editorial y de lo publicado en su órgano.
Esa responsabilidad, ajena a los profesionales y atribuida a los directores, condujo a enfoques estrechos, con censuras a temas polémicos y trascendentes del acontecer nacional o internacional. ¿Cuántos no guardamos en el baúl de los recuerdos esos trabajos que, por temor del director, o mandados a consultar por él, nunca vieron la luz porque eran demasiados “polémicos” o “las condiciones no estaban creadas” para darlos a conocer a la opinión pública?
Afortunadamente, esa visión sesgada, herencia de un modelo de prensa verticalista, copiado por demás del socialismo este-europeo, y ajeno a verdaderas prácticas emancipadoras, ha ido desestructurándose. La extensión de las nuevas tecnologías de la comunicación es una realidad inobjetable. Hasta los niños tienen acceso a las redes. Les llamamos “nativos digitales”.
A tono con ese escenario y las urgencias de una acción transformadora dentro del país, aprecio en el Anteproyecto de Ley la intención de hacer coincidir los mecanismos de regulación externa con los internos. Sin embargo, algunos aspectos ameritan calar más allá de la palabra escrita.
Tal es el caso de la misión esencial que realizan los medios de comunicación, según la norma, centrada en producir contenidos para informar, educar y entretener. Desde principios tan altos enunciados en el artículo cuatro, esa misión me parece algo ingenua. Máxime cuando pretendemos fomentar el sentido crítico de la ciudadanía.
Aunque el Anteproyecto deja bien claras las obligaciones del periodista, el hecho de contar con el consentimiento de la fuente antes de grabar sus declaraciones, tal cual está enunciado, sería una estocada directa al corazón del periodismo de investigación. Ese que penetra en los lados oscuros y las sombras de la sociedad, donde por supuesto, nadie estaría dispuesto a realizar declaraciones que le inculpen.
Aunque la Ley prescribe, “el Instituto de Información y Comunicación Social es el encargado, como Organismo de la Administración Central del Estado, de articular la gestión del sistema de comunicación social en el país”; ese órgano todavía no ha fraguado ni siquiera su gestión interna. Es una entelequia. Por tanto, no está en condiciones de decidir sobre los diferentes esquemas de gestión y financiamiento que puedan asumir los medios. Ni tiene por qué hacerlo. Lejos de favorecer, considero, restaría autonomía a aquellos con posibilidades para transitar.
Por otra parte, aprecio cierto desbalance en cuanto a las obligaciones y deberes exigidos en los tres ámbitos de la comunicación social. Tanto el Institucional como el Comunitario enuncian horizontes de llegada, pero no responderán antes sus incumplimientos por las vías administrativa y penal.
También el Anteproyecto nos deja en ascuas en lo relativo a los principios que regirán el ejercicio de la publicidad y el patrocinio, los marcos de actuación, y las responsabilidades de los diferentes actores. Dentro del gremio es conocido que en buena medida el “atraso” en la elaboración de la Ley de Comunicación Social estuvo asociado a las discrepancias con respecto a la publicidad y el patrocinio. Supuestamente ambas leyes debían salir parejas. Evidentemente ya no será posible. Para tener más detalles habrá que esperar a la salida del Decreto, reglamentado en la Ley.
Aunque la ciencia y la innovación son pilares dentro del modelo de desarrollo cubano, al contemplarlas en el Anteproyecto, no se da crédito a los sujetos encargados de impulsarlas. Queda en suspense lo que pudiera ocurrir a los infractores cuando los resultados de la investigación científica o la innovación sean engavetados, como tantas veces ha sucedido.
Por último, del corpus legal queda enajenado el régimen de contravenciones, el cual se dará a conocer en posteriores disposiciones reglamentarias. Sin posibilidades de emitir criterios con antelación. Esto a pesar del tiempo transcurrido, y las tantas versiones de la Ley. Muchas más que las del también visionario Código de las Familias.
En medio de un escenario difícil en el país, cuando las carencias materiales golpean por todas partes, y el caluroso agosto nos acribilla de camino hacia las redacciones, estamos convocados al análisis por la Unión de Periodistas de Cuba. Un proceso donde tu opinión cuenta.