La vivienda sigue siendo uno de los temas más sensibles de miles de familias cubanas. /Yasset Llerena
La vivienda sigue siendo uno de los temas más sensibles de miles de familias cubanas. /Yasset Llerena

Casas y casos

La nueva normativa introduce un enfoque más flexible y socialmente diferenciado a fin de que la capacidad de pago no sea una barrera definitiva para acceder a una vivienda.


La vivienda continúa siendo uno de los temas más sensibles de miles de familias cubanas. El deterioro progresivo del fondo habitacional, los daños ocasionados por fenómenos climatológicos y las limitaciones económicas acumuladas durante años han convertido el acceso a un hogar digno en una de las principales preocupaciones sociales del país.

Al cierre de julio de 2025, la crisis habitacional en Cuba se reflejaba en un déficit de 805.583 viviendas; de ellas, 407.219 pendientes de construcción y 398.364 necesitadas de rehabilitación según datos del Ministerio de la Construcción, evidencias de la magnitud del desafío que enfrenta la nación en materia de vivienda.

En ese contexto, el reciente Acuerdo 10100/2025 del Consejo de Ministros, publicado en la Gaceta Oficial el pasado 4 de febrero, introduce modificaciones importantes en la forma en que el Estado asigna y financia las viviendas que construye o quedan disponibles en los territorios, con el propósito de ajustar las soluciones habitacionales a las posibilidades reales de cada familia.

La medida parte de un principio reconocido en la Constitución en su Artículo 71: el derecho de todas las personas a una vivienda adecuada y a un hábitat seguro. Sin embargo, la experiencia acumulada en la aplicación de normas anteriores y las actuales condiciones económicas y demográficas del país hicieron necesario ajustar las formas de asignación, posesión y pago de las viviendas, según recoge el propio documento oficial.

No se trata únicamente de nuevas reglas administrativas, sino de un intento por flexibilizar el acceso a la vivienda y reconocer que no todas las personas enfrentan las mismas condiciones económicas.

Una vivienda según la capacidad de pago

El acuerdo del Consejo de Ministros redefine la manera en que se asignan y financian las viviendas construidas por el Estado o las que pasan a disponibilidad de los gobiernos municipales. /gacetaoficial.gob.cu

Uno de los elementos centrales de la norma es que la vivienda podrá entregarse bajo tres modalidades distintas: propiedad, arrendamiento o usufructo, en dependencia de los ingresos de los beneficiarios y respetando el orden de prioridad establecido en cada municipio.

Quienes cuenten con ingresos suficientes podrán adquirir la vivienda en propiedad mediante pagos mensuales no superior al 20 % de sus ingresos y con plazos que pueden extenderse hasta 30 años. También se permite adelantar pagos y reducir el tiempo de amortización.

Pero el acuerdo reconoce que una parte considerable de la población no puede asumir esas cuotas sin comprometer la alimentación u otras necesidades básicas. En estos casos se establece el arrendamiento con mensualidades equivalentes al 10 % de los ingresos familiares.

Y cuando la situación económica impide cualquier descuento, la vivienda puede otorgarse en usufructo, garantizando así un techo seguro a quienes se encuentran en mayor vulnerabilidad.

Además, si con el tiempo mejora la situación económica del beneficiario, el régimen de tenencia puede modificarse y se reconoce lo ya pagado, con el objetivo de facilitar el tránsito hacia la propiedad.

Protección para quienes lo han perdido todo

Entre los aspectos más sensibles del acuerdo figura la atención a las personas cuyas viviendas han sido destruidas por huracanes, inundaciones u otros desastres. En esos casos, y tras la evaluación socioeconómica correspondiente, el Estado podrá subsidiar hasta el 50 % del valor de la nueva vivienda asignada.

La medida responde a una realidad frecuente en el país: familias que, tras perder su casa, quedan sin recursos con los cuales reconstruirla y dependen totalmente del respaldo estatal.

Aliviar gastos con nuevas alternativas

El acuerdo también introduce opciones con el objetivo de dinamizar la economía familiar. Los usufructuarios, por ejemplo, podrán arrendar habitaciones o espacios de sus viviendas, previa autorización municipal, como forma de obtener ingresos adicionales.

A la par, se prevé cuáles empresas y entidades puedan destinar parte de sus utilidades a concluir viviendas levantadas por esfuerzo propio de sus trabajadores, una medida dirigida a estabilizar la fuerza laboral y mejorar las condiciones de vida de quienes participan en sectores estratégicos.

Aunque la nueva regulación representa un paso hacia esquemas más flexibles y diferenciados, el desafío principal está en su implementación práctica. La agilidad de los trámites, la transparencia en la selección de beneficiarios, la disponibilidad real de viviendas y la capacidad constructiva de los territorios serán factores decisivos para que estas disposiciones se traduzcan en soluciones palpables.

El acuerdo entrará en vigor 30 días después de su publicación oficial, tiempo durante el cual las instituciones responsables deberán ajustar procedimientos con la finalidad de aplicarlas en todo el país.

Junto con el acuerdo adoptado por el Consejo de Ministros, el marco legal vinculado con la vivienda seguirá actualizándose tras la reciente presentación del Anteproyecto de la Ley de la Vivienda, la cual estará en consulta popular hasta el 28 de febrero. La iniciativa pretende reforzar la seguridad jurídica sobre la propiedad de los inmuebles, ampliar y diversificar las alternativas de acceso a la vivienda a los distintos sectores de la población y articular la política habitacional con enfoques económicos, sociales y ambientales acordes con el ordenamiento territorial del país.

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