El cumplimiento de los contratos agropecuarios, repercute en el incremento productivo. / RICARDO GÓMEZ
El cumplimiento de los contratos agropecuarios, repercute en el incremento productivo. / RICARDO GÓMEZ

Fisuras legales

Paso primario antes de comercializar renglones agropecuarios es definir su precio, métodos de pago y destino. Misiones del contrato muchas veces violadas


El hombre va camino a la vaquería en las últimas horas de la madrugada. El sol aun no se asoma. Una pequeña linterna ilumina los pasos. La cabeza es un volcán, piensa en el dinero que le deben, pero tres cuestiones le impiden permanecer en la cama: la costumbre, los animales y algo más importante, la leche esperada por los niños y ancianos.

Abogado Mario Baltazar Echevarría Perdomo. / RICARDO GÓMEZ

Esa escena se repite en varias geografías del país. A los campesinos se les adeudan aproximadamente 500 millones de pesos, por disímiles renglones, según una fuente confiable.

¿Cuál es la causa de ese problema capaz de entorpecer la estimulación a alcanzar mayor cantidad de alimentos?

Si cada cual cumpliera los compromisos contraídos en los contratos firmados como preámbulo a la producción, otro gallo cantaría.

En la Asamblea Constitutiva de la Organización Nacional de Bufetes Colectivos, celebrada en septiembre de 2025, Roberto Morales Ojeda, miembro del Buró Político y secretario de organización del Comité Central del Partido, llamó a los abogados a atender con prioridad los servicios en el sector agropecuario.

Calificó esa misión de imprescindible e insistió en esclarecer qué le corresponde al Ministerio de la Agricultura, lo competente a la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños (ANAP) y a las demás estructuras de gobierno vinculadas a esta labor.

Explicó que, si algún problema hoy tenemos, es el incumplimiento de los contratos, porque a veces devienen documentos de carácter administrativo y no jurídico.

Instó a lograr incluir esos instrumentos legales como parte del diseño de trabajo encaminado a lograr buenos resultados en cada cooperativa de producción agropecuaria, de créditos y servicios, o en unidades básicas de producción cooperativa y empresas.

¿Cómo hacerlo, de qué manera cada productor pudiera sentirse respaldado y asegurado, luego de firmar esos documentos?

El abogado Mario Baltazar Echevarría Perdomo es joven, sin embargo, tiene experiencia en estos trámites. Él es el director de la unidad de Bufetes Colectivos de Cabaiguán, en la provincia de Sancti Spíritus, la cual atiende a ese municipio y también a los de Fomento y Yaguajay.

El máster Arturo Aliaga Céspedes, especialista en Derecho Agrario. / CARLOS PARODI ESTEVA

Comenta cómo a ellos se acercan personas jurídicas, donde están aglutinados los campesinos, porque a veces necesitan de gestiones administrativas al conformar expedientes y contrataciones económicas.

También atienden directamente al agricultor, es decir, a personas naturales, quienes concurren principalmente cuando hay incumplimientos contractuales.

“El contrato económico tiene varias cláusulas, al existir incumplimiento de alguna de las partes por los términos, se les asesora sobre la gestión y conciliación imprescindible al efecto.

“Desde la promulgación del Código de Procesos, el mismo establece cómo para entrar a una sala de lo mercantil de los tribunales, a litigar, lo primero es haber demostrado una gestión conciliatoria entre el productor y la entidad deudora, o viceversa, junto a la notificación de las partes de lo acaecido”.

Mario estaba sentado en una silla alta y quizás demasiado pequeña para su corpulenta estatura. Más adelante explicó: “En correspondencia con eso, le otorgamos un término en el cumplimiento de la obligación. Si esto no sucede, pasamos a la segunda parte, asesorarlo sobre la documentación necesaria con el fin de probar la pretensión de demandar a la entidad, ante los tribunales.

“Ellos tienen acceso al servicio de la abogacía para contratarnos y representarlos como entes de derecho, por ser actores de la economía nacional y poder reclamar el cumplimiento de lo pactado”.

–¿Cuánto le puede costar esto a un campesino o productor?, indagamos a sabiendas de lo complejo de una misión de ese tipo encomendada a alguien poco acostumbrado a litigar.

El pago de los contratos es esencial en el desarrollo pecuario. / RICARDO GÓMEZ

–Tenemos tarifas resbalantes. Van desde el objeto de la litis, hasta la cuantía económica reclamada, es decir, en correspondencia con el tipo de contrato revisado. Pero la cifra nunca excede los limites promedios de otro tipo de trámite similar. Pueden acceder a esos pasos y resolver su conflicto en buena lid.

–¿Crees necesario que las bases productivas conozcan el objeto social para el cual fueron creadas, y así eviten posibles litigios?

–El mundo agropecuario en la Revolución ha crecido y otorgado al campesinado derechos, antes sin regulaciones jurídicas. Nos hemos dado cuenta de los derechos, obligaciones y necesidad de las reclamaciones. Estas iniciaron, por ejemplo, en cuanto a litigios por la tenencia y uso de la tierra.

“Debido a la importancia de que el campesinado esté presente en la economía nacional con el objetivo de autoabastecernos, eso ha llevado a tener miradas objetivas sobre los derechos adquiridos y han ido modificándose los objetos sociales de las cooperativas; nacieron desde la Ley de las Cooperativas de Producción Agropecuaria (CPA) y de Créditos y Servicios (CCS). Luego la Resolución 448 del 2019, del Ministerio de la Agricultura, donde establecían los objetos sociales y definían la existencia de algunos objetos secundarios y eventuales. A raíz de esas normativas, siempre ha primado el interés del gobierno por definir los roles fundamentales, dirigidos a garantizar producciones de alimentos, comercialización, distribución y se les ha dado la posibilidad de tener esencias sociales secundarias y eventuales, destinadas a satisfacer necesidades y el desarrollo de las comunidades”.

“Ahora mismo todo esto quedó bien definido en el Decreto Ley 76 del 2023, del Consejo de Estado, acerca de las Cooperativas Agropecuarias en Cuba.

“Conocer estas legislaciones, aplicarlas y desarrollarlas, le da licitud a lo que usted está haciendo y también, eso te convierte en un ente capaz de desenvolverte dentro del entramado económico del país”.

Voz de experto

Quien conozca a Arturo Aliaga Céspedes, sabrá cómo el Máster es uno de los entendidos en Derecho Agrario.

En diálogo con el jefe de Departamento Jurídico de la Dirección Nacional de la ANAP, él recordó cuando Raúl Castro Ruz presentó los Lineamientos al VI Congreso del Partido Comunista de Cuba.

En los lineamientos sobre la Política Económica y Social del Partido y la Revolución, se define el cumplimiento de cinco aspectos por parte de los contratos: negociación, elaboración, ejecución, control y reclamación.

El abogado rememoró palabras de Raúl en ese momento, cuando dijo: “Yo lo que no entiendo es por qué muchas veces se dan reuniones presididas por cuadros de alto nivel, para discutir problemas con el pago establecido en los contratos”.

“Cuando analizas esto, Raúl le está dando un papel protagónico al contrato”, agrega Arturo Aliaga y prosigue: “Mi tesis de Maestría es sobre los contratos y yo definí que se trata de un instrumento de dirección y control”.

Al abundar acerca del tema acotó: “¿Qué pasa con la contratación?, pues hay mucha dispersión y el tratado es meramente formal, lo que para muchos importa es la cifra de cuántos convenios hay y cuánto me van a dar de boniato, de yuca, de leche y otros renglones.

“Pero es importante que el documento sea conocido por ambas partes, en primer lugar, cuál será su objetivo, cuál es la demanda que el Estado me está pidiendo a mí, ¿el ciento por ciento?, ¿y dónde queda mi autoconsumo y otras necesidades? Se ha distorsionado todo”, definió el experto.

La conversación llevó a Arturo a profundizar sobre aspectos afines.

“En primer lugar, la Ley 148 de Soberanía Alimentaria y Seguridad Alimentaria y Nutricional, de la que todos hablan, es una norma sombrilla. Hay muchos grupos creados, mas no van a la esencia. Por ejemplo, hay una Comisión Nacional de Alimentos, la cual establece estrategias para el país. Hay otras creadas en las provincias, donde instituyen el trabajo en esos territorios, y hay organizaciones en los municipios. Allí definen cuánto necesita la localidad de arroz, cuánto de leche, de carne… y entonces así conciben demandas del municipio. Sin embargo, ese territorio necesita vender y gestionar afuera, porque si se trata de una zona eminentemente arrocera, le es imprescindible también el plátano y de dónde viene el plátano, de otro lugar”.

Los precios pactados en los contratos inciden en los importes de las ofertas a los consumidores. / RICARDO GÓMEZ

El abogado hace parangones, expone, trata de convencer: “Yo siempre pongo de ejemplo la primera obra literaria escrita en Cuba, Espejo de paciencia. Quien se la haya leído sabe cómo era el comercio y qué sucedió cuando el comercio se frenó, porque al decir también de Raúl Castro, hay que desatar los nudos que atan las fuerzas productivas.

“Hay leyes y leyes y leyes. Hay una Comisión de Alimentos, la cual plantea: ‘mi demanda en el municipio es esta’. Hay, además, un Comité de Contratación y Precios, encargado de recibir esa solicitud y dice: bueno ¿cómo contratamos todo esto?

“Si la localidad de la que hablamos tiene 30 cooperativas, ocho empresas y hay otras formas de producción agropecuaria, deben reunirse todas y repartirse las cantidades a obtener de cada renglón: tú produces 10 quintales, ellos 20, aquellos 30… y la empresa responsable de comprarlo todo es aquella. Es esencial, en definitiva, organizar la producción desde la siembra, hasta el destino final, pero eso no sucede así”.

Al tratar de descubrir las fisuras legales de los contratos, sostuvimos conversaciones con campesinos, empresarios, juristas. Todos coinciden en las graves afectaciones provocadas por incumplimientos de lo acordado entre las partes. La falta de remuneración o demora en la misma, implica limitaciones de capital necesario para quienes deben invertir en renglones esenciales, en un sector que no espera.

La inobservancia de las normas preocupa, desmotiva y repercute a posteriori, en la disminución de resultados finales, escasos hoy en el menú del cubano. De ahí el papel protagónico llamado a desdempeñar por directivos, las partes implicadas y profesionales del derecho.

El conocimiento de las leyes, o acudir a un efectivo asesoramiento, pudiera evitar gran parte de los conflictos.

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